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El caso de la conductora, quien aparentemente manejaba en estado de ebriedad una camioneta, y que ocasionó un accidente en el que falleció una joven madre, y su posterior imputación por “dolo eventual” reabrió la polémica sobre la controvertida figura.

José Fernando Casañas Levi, exfiscal.

El dolo, es una de las formas de la conducta punible junto con la culpa. En el dolo el autor sabe lo que sucederá con su conducta y quiere o acepta que suceda. En la culpa, no quiere que ocurra el daño, pero sucede por violaciones a reglas de cuidado (tránsito, construcción, tratamiento médico, etc.).

El eventual es la forma más leve de dolo y consiste en que el autor “ve como probable” que con la realización de su acción se produzca el resultado previsto en el tipo penal y lo acepta. Es también la modalidad dolosa más cuestionada por parte de la doctrina, debido a que la voluntad, que es un componente del dolo directo, no está claramente presente en circunstancias calificadas como dolo eventual.

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